Los hechos por los que se produce la condena ocurrieron entre 2004 y 2010, cuando Eva Corrales era concejal delegada de Fiestas y luego de Relaciones Institucionales (el alcalde de la época, Lorenzo Sánchez Alonso, de Roteños Unidos, resultó absuelto de prevaricación). La Audiencia dio por probado que ante la necesidad de la Delegación de Fiestas del Ayuntamiento de adquirir bandas de sirenas, ninfas de carnaval y damas de las fiestas populares Eva Corrales Caballero y el responsable técnico de la Delegación de Fiestas, José María Caballero Márquez, acordaron que se efectuasen estas prendas en el taller que tenía en su casa un funcionario del Ayuntamiento, Manuel García Rodríguez. Los responsables municipales actuaron así, según los jueces, “a pesar de constarles la prohibición que pesaba sobre tal persona de efectuar tal encargo por ser funcionario del Ayuntamiento”. Para ocultar esta irregularidad, Corrales y Caballero acordaron que las facturas se emitirían a nombre de Josefa Moreno Rebollo, la esposa de Manuel García.
A partir del año 2007, el funcionario solicitó que constase en su nómina la retribución por estos trabajos bajo la fórmula de horas extraordinarias. Como García no podía presentarse a los concursos públicos convocados por el Ayuntamiento y el gobierno municipal quería que fuera él quien confeccionara los encargos para las fiestas, la concejal y su colaborador convinieron con el responsable de la Delegación de Personal, Francisco Arjona Laynez, que abonara los encargos bajo la fórmula de supuestas gratificaciones por trabajos extraordinarios, con el concepto de horas extra, lo que también fue consentido por el interventor del Ayuntamiento, Miguel Fuentes Rodríguez, “que no efectuó reparo alguno a tal planteamiento”, recuerda el Supremo. Estas adjudicaciones fueron conocidas y consentidas también por Manuela Serrano Fénix, encargada del Departamento de Protocolo, e Ismael Puyana Román, que sucedió a María Eva en el cargo de concejal de Fiestas cuando aquella pasó a ser delegada de Relaciones Internacionales.
Condenada a cuatro años y medio de prisión, 8 años y medio de inhabilitación especial para cargo público y multa de 2.700 euros.
Condenado a cuatro años y medio de prisión y cinco años y tres meses de inhabilitación especial. Indultado parcialmente por el Gobierno en febrero de 2017, el ministro Catalá lo justifica en que son cuantías "mínimas" que no pueden calificarse como corrupción
Condenado a cuatro años y medio de cárcel, y cinco años y tres meses de inhabilitación especial. Indultado por el Gobierno
Condenada a cuatro años y medio de cárcel, y cinco años y tres meses de inhabilitación especial, indultada por el gobierno
Condenado a cuatro años y medio de cárcel y cinco años y tres meses de inhabilitación especial. Indultado por el Gobierno
Condenado a dos años de cárcel y cinco años y tres meses de inhabilitación. Indultado por el Gobierno
Condenada a cinco años y tres meses de inhabilitación
Condenado a dos años de prisión y siete meses de inhabilitación, indultado por el Gobierno