El Partido Popular de Vícar va a proponer al Comité Electoral Provincial a Antonio Jesús Rodríguez Ruiz, quien ya fuera alcalde de este pueblo del Poniente almeriense, como candidato a la alcaldía para las próximas elecciones municipales de 2015, a pesar de que fue condenado en 2005 a ocho años de inhabilitación por un delito de prevaricación, tras retirar en 1997 el acta de concejal a dos miembros de la Corporación para evitar que prosperara una moción de censura presentada contra él.
Antonio Jesús Rodríguez fue condenado en marzo de 2005 por el Juzgado de lo Penal número 2 de Almería en una sentencia que fue ratificada por la Audiencia Provincial, que motivó su renuncia al cargo en un pleno celebrado el 9 de febrero de 2006. En él, Rodríguez justificó su renuncia en una supuesta "campaña de desprestigio" orquestada contra él "en los medios de comunicación sobre los temas judiciales pendientes de la época de la moción de censura del año 97 tanto el PSOE como IU", con el objetivo, aseguró, de dañar su imagen personal y la del Partido Popular.
Pese a su condena, el ex alcalde aseguró que con esta campaña no se hacía otra cosa que perjudicar la imagen de Vícar fuera del municipio, si bien los representantes de IU y PSOE le recriminaron sus palabras y manifestaron que renunciaba obligado por la justicia.
Y es que la sentencia que le condenaba daba como probado que "el acusado Antonio Jesús Rodríguez, con fecha 5 de julio de 1997, actuando en su condición de Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Vícar y como quiera que en el salón de plenos del Ayuntamiento iba a celebrarse una sesión extraordinaria para el debate y votación de la moción de censura interpuesta contra su persona, de forma consciente y voluntaria ante la seguridad de perder dicho cargo, infringiendo la normativa vigente y prescindiendo de todas las garantías constitucionales y con el único fin de evitar que dicha moción pudiera llegar a votarse, dictó un decreto resolución el mismo día por el cual declaraba incursos en causa legal de incompatibilidad para el ejercicio de la función de concejal en la votación de dicha moción de censura a los concejales José Antonio Barrera Espín y Francisco Cid López, alegando que el primero de ellos suscribió contratos con el Ayuntamiento que le beneficiaron económicamente y el segundo realizó actuaciones patrimoniales presuntamente ilegales".
Condenado a ocho años de inhabilitación