Castellano
Sobre el Caso Emvicesa

Delitos de malversación, prevaricación, organización criminal, cohecho, blanqueo de capitales, falsedad documental y tráfico de influencias integran el mediático ‘Caso Emvicesa’. En cifras bate récords. 60 investigados, un rosario de delitos en los que la vena delictiva empaña la política que en materia de vivienda desarrolló el Gobierno, una larga instrucción y al final el auto más esperado, notificado este lunes por quien ha instruido, no sin complicaciones y trabas en el camino, este asunto.

La adjudicación de viviendas de protección oficial en el punto de mira y varias personas con proyección pública por sus cargos políticos en el disparadero judicial, resumido en un auto de 38 páginas a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso este periódico. Quién es quién en este caso a ojos de la magistrada y qué papel desarrolló quedan concretados en la decisión judicial en base a la cual se acuerda continuar el procedimiento abreviado contra 60 personas.

A Antonio López, quien fuera el máximo responsable en materia de Vivienda, se le vincula con un delito continuado de malversación de caudal público, otro continuado de falsedad documental, otro de prevaricación, organización criminal, cohecho, blanqueo de capitales y tráfico de influencias. Fue el último de todos los detenidos en la operación policial iniciada tras la publicación de la lista fantasma que abandonó la prisión.

Al presunto número 1, exviceconsejero de Vivienda y exgerente de Emvicesa se le acusa de entregar viviendas de la promoción de las 170 de Loma Colmenar de manera irregular, como “cabecilla de la organización criminal”. Lo intentó también con alguna de las 317 VPO, operación frustrada por su cese, pero que iba a llevarse a cabo “previo pago de precio por particulares, bien por necesidad bien por puro interés económico”, reza el auto.

A López le ayudaban los señalados como presuntos colaboradores: enlaces, por un lado, y empleados de Emvicesa, por otro. A los primeros, la juez los relaciona con delitos continuados de cohecho y organización criminal. A los segundos, cinco trabajadores en total de la sociedad municipal de vivienda, con delitos continuados de falsedad documental, malversación de caudal público y prevaricación administrativa. Además a la única mujer detenida se le añade otro presunto delito de tráfico de influencias.

Esa red funcionaba, según las conclusiones del auto, porque había colaboradores que cobraban el dinero, eran “captadores” que cuando “tenían a un particular interesado en la vivienda lo ponían en conocimiento” de López, quien “por su cargo, lograba que ingresaran en la lista de adjudicatarios”. “Se sabe que o bien el cabecilla los colaba en la lista o bien entregaba documentos creados falsariamente que parecían conceder derecho a la vivienda”.

La juez Raquel Lucini sostiene en su auto que estas “relaciones criminales obran acreditadas y superan los meros indicios de criminalidad, para erigirse en pilares de las conductas criminales descritas”. La magistrada sostiene sus tesis, además, en declaraciones de personas que han manifestado haber hecho entrega de dinero en efectivo a los individuos que figuran como colaboradores. En varios de los casos, López, cuando todavía no había sido arrestado por la UDYCO de Ceuta, tuvo que devolver el dinero.

“Es llamativo el caudal que ha amasado el investigado Antonio López”, insiste la juez, sosteniéndose en su informe patrimonial, algo que, de hecho, ha dado pie a una pieza separada en este caso. “Dicho aumento se debe a la inversión de los ingresos obtenidos de la actividad delictiva ejecutada por dicho investigado”, advierte, “dado que no existe paralelismo entre los ingresos que dice percibir o que percibe con el nivel económico que mantiene”.

La juez ha hilado en su auto todos los detalles, encajando las piezas en este particular rompecabezas donde también sitúa a los cinco trabajadores de Emvicesa investigados. “Ningún actor en el proceso de adjudicación de viviendas sabe cuál es el proceso de selección, quién lo hace, quién los fiscaliza… Esta situación ha sido razón directa y germen de cultivo de la venta de viviendas por parte de la organización criminal, de forma que a sabiendas por Antonio López de que nadie cumplía con su función ni denunciaba la situación de Emvicesa, ni controlaba los pasos de selección, movido por un ánimo de enriquecimiento a costa de de los más desfavorecidos, fue aprovechado por la organización para lucrarse vilmente, haciendo realidad ese espantoso run run que sufrían los ciudadanos de Ceuta”.

A los trabajadores de Emvicesa les da un papel de “relevancia” en la trama criminal ya que “participaban en funciones administrativas en el procedimiento de selección de los adjudicatarios”. De ellos dice que han actuado “a las órdenes irregulares del cabecilla de la trama” a sabiendas de que las directrices que tomaban “ni eran respuesta del proceso legal ni eran fiscalizadas por la Comisión local de la Vivienda”.

En el caso de la única mujer investigada, uno de sus hermanos obtuvo una vivienda. “Que un funcionario público o el empleado que hace las veces de funcionario por gestionar el patrimonio común no cumpla con sus funciones y permita la terrible situación que se vivía en Emvicesa, solo puede contestarse por confirmar que obtenían réditos”.

La juez Lucini habla de contradicciones en las que incurrieron los trabajadores, con declaraciones “inverosímiles, insostenibles y representativas de la irresponsabilidad constante que ha venido siendo su actuar en la Empresa Municipal”. “No saben nada del proceso, solo hacían lo que les decía Antonio y, lo más grave, sabían que lo que estaba pasando era ilegal y no tomaron ninguna decisión al respecto”, concreta.

El exgerente del PP González Barceló, delito de tráfico de influencias

En el auto se hace mención expresa a la figura de José María González Barceló, al que se le relacionó con un delito de tráfico de influencias, ya que “utilizaba su relación con el partido político en el que ostenta el cargo de gerente (PP) para conseguir de Antonio López una vivienda de protección oficial, dado que el investigado era conocedor de que entregaba las casas a cambio de dinero o fuera de todo proceso legal”.

En el auto se detalla que confesó saber que una persona había entregado 3.000 euros para comprar una casa y no lo denunció. “Dirigía a personas para que fueran recibidas por López para que les diera una casa. Les solicitaba el DNI y la tarjeta de demandantes de vivienda”. La magistrada rechaza la excusa de que lo hiciera de buena fe. “No lo hacía con todo el mundo y ya no volvió a preocuparle porque tras el cese de Antonio López no hizo la misma labor altruista con la nueva gerente Kissy Chandiramani”.

Otra pieza del puzle: la “inoperante” Comisión Local de la Vivienda y su “preocupante desidia”

A Susana Román, la juez la relaciona con un presunto delito continuado de prevaricación administrativa, otro de falsedad documental y un tercero de malversación. A Mohamed Alí y Rabea Mohamed, con delito continuado de prevaricación administrativa, otro de tráfico de influencias y otro de malversación de caudal público.

Entiende Lucini que está acreditado que dicho órgano, encargado de la fijación de criterios, control de aplicación de los mismos, aprobación de la lista y fiscalización última “ni realizó proceso reglado en la promoción de las 170 ni en la conocida lista fantasma”.

Va a más. En el auto se indica que se “incurrió en falsedades como atribuir en los contratos de alquiler la calificación de adjudicatarios a sabiendas de que no hubo proceso alguno de selección; a sabiendas de que cuando se firmaron los contratos de alquiler las personas ya estaban ocupando las viviendas y la fecha de los contratos es muy anterior a la reunión de la Comisión Local, donde supuestamente se aprobaron las listas de adjudicatarios”.

Habla la juez de “inoperancia”, de “graves dejaciones” e incluso de “preocupante desidia” sobre el reparto del patrimonio común. Asegura que hubo “un terrible abandono del proceso de adjudicación de viviendas en Ceuta” y no comparte la estrategia de Defensa mantenida por los políticos o expolíticos sobre que no eran responsables en este ámbito ya que no era aplicable la ordenanza de 2006, “salvo que la investigada”, en relación a Román, “a estas alturas de la instrucción aun desconozca el proceso aplicable a la selección de viviendas”.

Sobre Alí y Rabea apunta que se entregaron viviendas a familiares suyos. En el caso de la segunda a una mujer de su tío del que no consta expediente en Asuntos Sociales ni ser demandante de vivienda. “Es llamativo que el núcleo familiar es beneficiario de una vivienda en la promoción de las 170 y se le entrega una de las viviendas más grandes con cuatro dormitorios cuando solo un hijo vivía con el matrimonio”, indica la juez. La cuñada de Rabea Mohamed también figura como adjudicataria.

En el caso de Mohamed Alí se indica que tienes dos familiares, una en la promoción de las 225 y otra en la de las 170. “Todos los documentos aportados para la configuración del expediente personal de adjudicación son de fecha posterior a la entrega de la vivienda de las 170” por lo que se concluye que fueron aportados después de ser adjudicatarios.

La gran cantidad de acusados por cohecho: los clientes

La hilera de compradores de viviendas o clientes son vinculados con un presunto delito de cohecho. Hay reconocimientos de entrega de dinero a Antonio López. Uno, de 2.000 euros, por ejemplo, otro 5.000; otros dos clientes dicen haber pagado 13.000 de los 15.000 pedidos. Y así una retahíla de pagadores por obtener casas que mencionan directamente a Antonio López.

En el auto se alude a una persona que sale en la lista fantasma que presuntamente habría pagado 30.000 euros por dos viviendas para sus hijos. “La idea del pago se erige como indicio más que suficiente, teniendo en cuenta todas las actuaciones de las diligencias practicadas de ser cliente de la organización criminal”.

Las investigaciones vienen a confirmar “aquellos rumores que callejeaban por la ciudad autónoma de todos conocida, que consistía en adquirir una casa de VPO” lo que pasaba por el “pago de dádiva a aquellos que tenían las competencias en su atribución”.

Seguimientos, intervenciones telefónicas e investigaciones dan forma a los indicios en los que se ha sostenido el auto judicial, que además se sostienen en declaraciones ofrecidas en sede judicial que dejan claro las entregas de dinero a cambio de una vivienda.

Dos sobreseimientos: uno, el de José Antonio Carracao. “Por no hacer ni iba a las reuniones de la Comisión”

En el auto se hace constar que procede el sobreseimiento respecto de dos personas, una de ellas José Antonio Carracao, toda vez que “no existe prueba o indicio de haber participado en los hechos investigados”. De él dice la juez “que no se puede predicar que realizara ninguna actividad ilícita dado que, ni existe prueba, y lo que es peor, concurre la circunstancia que, por no hacer ni iba a las reuniones de la Comisión Local de la Vivienda, desconociendo si recibía o no dietas por dicha asistencia”.

Dice de él la juez que “en cualquier caso, no se le puede imputar ni por acción ni por omisión ningún hecho delictivo, debiendo circunscribir su ausencia a dichas reuniones, más como una responsabilidad política que jurídica”.

Conclusiones demoledoras

La juez denuncia que ninguno de los investigados, en referencia a los de la Comisión y a los empleados de Emvicesa, hicieron algo por impedir la comisión de los delitos, a sabiendas de que vendían las casas o lo sospechaban.

Las penas que se corresponden con los diferentes delitos son elevadas, y de acuerdo con el auto ahora existe el plazo para presentar recurso de reforma o de apelación, tras su notificación a las partes.

Fuente

Resumen
  • Partido/Org: PP
  • Lugar: Ceuta
  • Coste aprox.: 0
  • Total implicados: 60
  • Año de los hechos: 2011
  • Estado judicial: Abierto
PP
Actualizado el: 31 de Marzo del 2019
Anuncios para la Caja A de CA
Implicados
Con tantos Casos Aislados, cuesta, pero todo llegará! Sino, ¡Colabora si quieres!
Casos-Aislados.com: Enviar datos, colabora contra la Corrupción!
Puedes ver también