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Sobre el Caso Gürtel/Caja B PP Valencia

Nuevo batacazo para el Partido Popular. La Audiencia Nacional acaba de hacer pública la sentencia por la que queda acreditada la financiación ilegal del PP valenciano en la época en que Francisco Camps era presidente de la Generalitat, aunque éste no estuviera sentado en el banquillo de los acusados.

El Juzgado Central de lo Penal ha impuesto penas que van desde los cuatro meses de cárcel a los seis años y nueve meses para 18 de los 20 acusados en el juicio de la rama valenciana del caso Gürtel, al considerar acreditada su participación en la financiación ilegal de las campañas electorales del Partido Popular de la Comunidad Valenciana (PPCV) en las elecciones municipales y autonómicas de 2007 y en las generales del 2008.

En la sentencia, relativa a las piezas separadas de Valencia 1, 2 y 6 del caso Gürtel, se condena a los acusados por delitos electorales, falsedad documental continuada y contra la hacienda pública.

La pena impuesta al líder de la trama, Francisco Correa, es de cinco años y tres meses, a su mano derecha, Pablo Crespo, de cinco años de cárcel, y a Álvaro Pérez, de seis años y nueve meses. A todos ellos, en determinados delitos, se les aplica la atenuante de confesión o colaboración activa y a Correa, además, la de reparación del daño por haber permitido la repatriación de más de dos millones de euros que tenía en una cuenta en Suiza.

También dentro del denominado Grupo Correa, a Cándido Herrero se le impone la pena de cinco años y un mes de cárcel y tres años al asesor financiero Ramón Blanco Balín. Entre la excúpula del PPCV en la época de los hechos, la Audiencia condena al exsecretario general Ricardo Costa a cuatro años de cárcel al aplicar el juez las atenuantes de colaboración activa o confesión.

La ex gerente Cristina Ibáñez resulta condenada a tres años y cuatro meses; el exvicesecretario de la formación David Serra, a tres años y ocho meses, y la extesorera Yolanda García, a cuatro meses. Por contra, el Juzgado Central de lo Penal absuelve al exvicepresidente de la Comunidad Valenciana Vicente Rambla.

Esta sentencia por una de las piezas del caso Gürtel se da a conocer quince días después de la otra sentencia por la pieza principal de esta misma trama de corrupción por la que se consideró al PP partícipe a título lucrativo, que le supuso una moción de censura al presidente de Gobierno Mariano Rajoy y su salida del Ejecutivo.

Ahora, el titular del Juzgado Central de lo Penal de la Audiencia Nacional, José María Vázquez Honrubia, da por acreditado que varios empresarios pagaron al PP valenciano a cambio de recibir adjudicaciones de manera irregular. En este caso, la Fiscalía Anticorrupción había conseguido que nueve empresarios reconocieran los delitos por lo que los hechos probados estaban ya asumidos por los implicados.

Tanto el líder de la trama, Francisco Correa, y sus dos hombres de confianza, Álvaro Pérez y Pablo Crespo se encuentran en prisión cumpliendo una condena de doce años impuesta por el Tribunal Superior de Justicia de Valencia, por otra pieza de Gürtel conocida como ‘caso Fitur’, y ya confirmada por el Tribunal Supremo. Además, Correa y Crespo fueron condenados por la Audiencia Nacional a 51 años de cárcel para el primero y 37 años para el segundo. En esta segunda sentencia, Pérez, conocido como El Bigotes fue absuelto.

En la sentencia, el magistrado abre la puerta contra el expresidente de la Generalitat, Francisco Camps, a quien señala como el “artífice” de esa operativa fraudulenta. Así, explica que su declaración como testigo en el juicio fue “ totalmente infructuosa porque en relación con los hechos nada sabe, nada recuerda, nada reconoce”. Destaca que aun considerando que ha sido designado como “artífice del mecanismo defraudatorio, tiene derecho a no declarar contra sí mismo y a no declararse culpable”.

Respecto a la responsabilidad de los políticos, la sentencia sitúa a Costa según doctrina del Tribunal Supremo, como “el hombre que está atrás” en tanto que tuvo el dominio funcional del hecho delictivo respecto a la financiación ilegal de las sucesivas contiendas electorales. El juez reconoce como cierto que respecto a los políticos “ni se acredita indiciariamente ni se contempla ni se acusa de ninguna clase de enriquecimiento personal” sus actos, según el magistrado se cometieron “por pura ambición política de alcanzar y permanecer en el poder”.

La sentencia explica que “con el propósito de obtener mayor despliegue en el proceso electoral, tanto en las elecciones de 2007 como en las de 2008, los acusados integrados en el PP de la Comunidad Valenciana (PPCV), cada uno con distintas funciones, contrataron a la mercantil Orange Market SL -empresa de Francisco Correa- servicios que abonaron de modo irregular, en parte en efectivo y en parte a través de terceros”.

Por otro lado, la resolución detalla las actuaciones de los empresarios condenados que, en connivencia con los acusados vinculados al PPCV y a los responsables de Orange Market, financiaron una parte del gasto comprometido por los cargos políticos acusados. Asumieron el pago que dicha formación política debía a la mercantil, haciéndolos aparecer como si fueran servicios prestados por Orange. Esta mercantil les facilitaba facturas correspondientes a supuestos servicios que en realidad no habían sido prestados.

Además del papel de los cargos políticos, empresarios y responsables del ‘Grupo Correa’, la sentencia describe la función ejercida por los asesores fiscales José Ramón Blanco Balín y Cándido Herrero en la confección de las facturas, así como en las declaraciones ante la Agencia Tributaria que fueron confeccionadas en el despacho de Blanco Balín. El sistema diseñado para los pagos era a través de facturas correctas, otras facturas eran falsas y también con pagos en “B”.

El magistrado Vázquez Honrubia aclara en su sentencia que por estos hechos se debe aplicar el delito electoral pero no se pueden aplicar penas más altas fijadas en el Código Penal en el año 2015 porque los hechos fueron anteriores. “El artículo que se aplica es un delito de mera actividad que no exige resultado alguno, se considera como un delito de riesgo y si como en todos estos delitos se adelanta la barrera de protección jurídica, sin necesidad de resultado, parece evidente que el bien jurídico protegido es de forma inmediata tratar de mantener la pureza de los procesos electorales, en definitiva, el ‘juego limpio’ electoral”.

Además del objetivo inmediato de garantizar que los contendientes electorales dispongan exclusivamente de los medios legales para sus citas electorales, la sentencia añade otro objetivo mediato que es el de prevenir un riesgo abstracto, “preservar la neutralidad y objetividad del Estado en el que se incluyen la administración local y autonómica frente a supuestos como en el presente caso en que dicha neutralidad y objetividad de las administraciones se ve seriamente cuestionada cuando los financiadores de la campaña electoral son, exacta y precisamente, adjudicatarios y/o concesionarios de obras, servicios o suministros contratados por la Administración cuyos representantes políticos han sido elegidos apoyándose en una campaña financiada ilegalmente”.

Se trata en definitiva de un delito de riesgo, un peligro futuro pues “en síntesis se podría hablar de un soborno en diferido: ciertos empresarios pagan hoy campañas electorales y mantienen u obtienen mañana contratos administrativos”. El juez concluye que afecta a los intereses generales que los financiadores sean o vayan a ser adjudicatarios de obras o servicios públicos y empaña de una manera “absoluta” la repetida neutralidad y objetividad.

La Fiscalía acusaba al que fuera el secretario general del PP valenciano, Ricardo Costa, y otras 18 personas por presunta financiación ilegal del partido, con casi tres millones y medio de euros, para las campañas electorales de 2007 y 2008. Al finalizar el juicio, Anticorrupción solicitó rebajar las penas pedidas inicialmente contra los cabecillas una vez que en juicio había reconocido los delitos.

Así, para Costa, que reconoció ante el juez que la formación pagó las campañas electorales de 2007 y 2008 “con dinero negro de empresarios contratistas de la Generalitat” por indicación del entonces presidente autonómico Francisco Camps, la fiscal pidió una pena de cuatro años y tres meses de cárcel frente a los siete años y nueve meses que le solicitaba inicialmente. Para Correa, cerebro confeso de la trama, la fiscal pidió rebajar la pena de manera sustancial: de 22 años a siete años y tres meses.

En su declaración, Francisco Correa reconoció que una de sus empresas, Orange Market, cobró 3,4 millones de euros en negro del PP valenciano por actos electorales y otros de periodo ordinario en 2007 y 2008. De esta cantidad, alrededor de 1,2 millones los pagaron al menos nueve empresarios, a los que Orange Market giró facturas por conceptos falsos que escondían los trabajos realizados para la formación conservadora. Para estos nueve empresarios se pedían penas inferiores a dos años sustituibles por multas. A Álvaro Pérez se le reclamaba 16 años y medio.

Fuente

Resumen
  • Partido/Org: PP
  • Lugar: Comunidad Valenciana
  • Coste aprox.: 0
  • Total implicados: 0
  • Año de los hechos: 2007
  • Estado judicial: Cerrado con condenas
PP
Actualizado el: 25 de Junio del 2018
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