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Sobre el Caso Pardellas

De acampar en el Ministerio de Vivienda para que no languideciera el monasterio, a ser condenado por prevaricar por unas obras en el entorno del cenobio. Alberto Pardellas (PP), alcalde de Melón desde que en 2003 empezó a ejercer en funciones, ha sido inhabilitado 8 años y medio para empleo o cargo público por levantar parte de un polideportivo en suelo rústico, sin autorización de Política Territorial; y sin el informe vinculante de Patrimonio pese a que la obra se instalaba a 75 metros del templo; un hito cisterciense del siglo XII catalogado como Bien de Interés Cultural (BIC). La Audiencia Provincial lo condena por delito de prevaricación.

A expensas de maniobras, la sentencia notificada ayer concluye que Pardellas autorizó el inicio de las obras en octubre de 2004 y a pesar de que el secretario municipal lo advirtió días antes, en un reparo, de que faltaba autorización de la Consellería de Política Territorial.

Con las obras en marcha, concretamente 3 meses después de darles visto bueno, Pardellas remitió el proyecto técnico a Cultura para solicitar el informe preceptivo para la ejecución.

Un limbo que el propio regidor reconocía cuando contestó en mayo de 2005 al Valedor do Pobo que "las obras están paralizadas" y "se están solicitando las autorizaciones pertinentes". Poco antes se reprodujeron los requerimientos de la Xunta instando a la reposición de la legalidad. Las obras no se detuvieron, sin embargo, hasta agosto, cuando Pardellas pudo recepcionar la primera fase del proyecto. Dependían 60.000 euros de financiación; más de 46.000 procedentes de fondos europeos, estatales o de la Diputación. La Audiencia rebate la manifestación del regidor, en el juicio de noviembre cuando dijo desconocer las implicaciones del BIC, sirviéndole en parte para ser absuelto. Los magistrados citan la advertencia hecha por el secretario antes de que Pardellas pusiera su firma para que arrancara la hormigonera. Recuerdan además varias comisiones de gobierno de meses anteriores en las que se abordó la cuestión. "No cabe duda (...), recibió el adecuado asesoramiento que optó por despreciar". La "gravedad" de la conducta, dicen los jueces, quedó probada por el TSXG, que en 2008 ordenó la demolición (sin éxito); y una sanción de 120.000 euros de la Dirección Xeral de Urbanismo por una infracción muy grave. El tribunal califica la actuación de Pardellas de "contumaz".

Fuente

Resumen
  • Partido/Org: PP
  • Lugar: Galicia
  • Coste aprox.: 0
  • Total implicados: 0
  • Año de los hechos: 2004
  • Estado judicial: Cerrado con condenas
PP
Actualizado el: 04 de Febrero del 2018
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