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Sobre el Caso Rato/Blanqueo de capitales

El procedimiento abierto en el Juzgado de Instrucción número 31 de Madrid en abril de 2015 para investigar el origen de la fortuna de Rodrigo Rato dispone ya de hechos «suficientes» para juzgar al que fuera vicepresidente del Gobierno entre 1996 y 2004 por un presunto delito de blanqueo de capitales.

Así lo considera la Sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid, en un auto dictado el pasado 12 de febrero en el que advierte de que la Fiscalía Anticorrupción ya puso a disposición del juez instructor Antonio Serrano-Arnal «claras proyecciones delictivas, suficientes para adentrarse en lo que pudiera ser la calificación provisional de los hechos como constitutivos de delito y que permitirían apuntar a la fase de enjuiciamiento» de este caso.

Los magistrados dejan claro que el Ministerio Público presentó «un buen elenco de entidades, cantidades, fechas, titularidades y operaciones que colman, a juicio de esta Sala, el concepto de indicio», en lo que al delito de blanqueo se refiere.

La Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil, encargada de la investigación, cifró en 7,83 millones de euros la cantidad presuntamente blanqueada por Rodrigo Rato a través de dos sociedades consideradas «opacas» por los investigadores. Se trata de la británica Vivaway Limited y la española Kradonara 2001, propiedad en un 100% de Vivaway. Según la investigación, la sociedad británica estuvo administrada por una empresa de Gibraltar tras la cual se esconde Findsbury Holdings Limited, considerada como la fiduciaria de Rato.

El delito de blanqueo de capitales está castigado con penas de cárcel comprendidas entre los seis meses y los seis años. Fuentes jurídicas consultadas por este diario explicaron que una prolongación de la investigación obligaría aplicar una circunstancia atenuante de dilaciones indebidas al dictar la sentencia.

La UCO localizó 7,83 millones movidos a través de dos empresas opacas

Precisamente, el artículo 21 del Código Penal considera atenuante «la dilación extraordinaria e indebida en la tramitación del procedimiento, siempre que no sea atribuible al propio inculpado y que no guarde proporción con la complejidad de la causa». Aplicar esta circunstancia atenúa la responsabilidad penal de la persona acusada.

En esta línea, la Audiencia Provincial desestimó un recurso de apelación interpuesto por la Fiscalía Anticorrupción, el pasado 1 de febrero, contra la decisión del juez instructor de no continuar investigando la fortuna de Rato en el extranjero porque llevaría a una prolongación de la instrucción. La Sala reprendió al Ministerio Público argumentando que no sólo le corresponde «la labor de impulsar el proceso», sino «la de simplificarlo».

Los magistrados defienden «la necesidad de huir en esta fase previa [la instrucción] de dilaciones que entorpezcan la pronta celebración de la vista oral, perjudicando con ello el derecho a la justicia en un plazo razonable», e insisten en «la conveniencia de evitar la dilación» del juicio, resaltando que la instrucción «se extiende ya por periodo de casi cuatro años».

Y es que el Ministerio Público dirigió un escrito al juez Serrano-Arnal el pasado 30 de noviembre solicitando siete comisiones rogatorias sobre 13 cuentas bancarias abiertas en entidades de Mónaco, Alemania, Suiza, Reino Unido, Luxemburgo y Panamá, así como la autorización judicial para solicitar información a bancos sobre las cuentas de 20 personas -físicas y jurídicas-, con el objetivo de conocer el origen y destino de dinero y productos financieros relacionados con Rato. La Fiscalía pidió también la imputación de otras cinco personas por delito de blanqueo de capitales.

La fiscal alerta de "un enorme patrimonio desconocido" por la Hacienda española

La investigación que dirige Anticorrupción advierte de que existen «indicios sólidos» de que el también ex presidente de Bankia llegó a transferir 835.059 euros a cuentas de la empresa alemana Bagerpleta Gmbh -propietaria de su hotel en Berlín- y a su empresa familiar Arada procedentes del cobro de comisiones, presuntamente ilícitas, de las sociedades Publicis y Zenith -contratadas por Bankia para sus campañas de publicidad-, «difuminando así el origen del dinero», según consta en el escrito que la fiscal del caso dirigió al juez instructor.

La Agencia Tributaria detectó más de un millón de euros destinados a ampliaciones de capital en la alemana Bagerpleta. Los investigadores descubrieron que una de las ampliaciones -contabilizaron cuatro- procedió de la sociedad Kradonara 2001.

Según los datos aportados al juez por la fiscal, Rato y otras personas vinculadas a este entramado «son prestatarios de gran cantidad de créditos, no sólo en España sino también en el extranjero», concedidos por la Compagnie Monegasque de Banque y por el banco suizo BSI de Bahamas.

La investigación detectó también que Rato es gestor de cuentas en Mónaco, a través de Westcastle Corporation; en Luxemburgo, a través de Red Rose Investment Limited; en Suiza, a través de esta misma empresa; y en Reino Unido, en Brown, Shipley & Co Ltd, a través de Vivaway. «Existen indicios de que posee un enorme patrimonio en el extranjero, desconocido para la Hacienda Pública española», dice la fiscal. La decisión de la Sección 23 impide poder seguir investiga

Fuente

Resumen
  • Partido/Org: PP
  • Lugar: Nacional
  • Coste aprox.: 7830000
  • Total implicados: 0
  • Año de los hechos:
  • Estado judicial: Abierto
PP
Actualizado el: 16 de Abril del 2019
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