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Sobre el Caso Tarjetas Black Bankia

Rodrigo Rato, el hombre que simbolizó el éxito de la España que emergía a finales de los noventa para competir con las grandes potencias del mundo; que a punto estuvo de suceder a José María Aznar para aspirar a la presidencia del Gobierno y al que se le acabó quedando pequeño la economía nacional tras alcanzar la cúpula del Fondo Monetario Internacional; el hombre que se convirtió en banquero para supuestamente sacar a flote a Caja Madrid en plena recesión, está ahora a un paso de la cárcel.

El Tribunal Supremo ha mantenido la condena de cuatro años y medio que le impuso a Rato la Audiencia Nacional por las tarjetas black, lo que aboca al expresidente de Bankia a ingresar en prisión, salvo que se concedan una serie de medidas excepcionales que pasan por un indulto o porque el Tribunal Constitucional considere que se han vulnerado sus derechos fundamentales. Rato tiene además pendiente otras causas que complican su futuro judicial. A partir del 26 de noviembre tendrá que afrontar el juicio por la salida a Bolsa de Bankia, mientras un juzgado de Madrid le investiga a él y a miembros de su entorno por blanqueo de capitales y delitos fiscales.

El alto tribunal avaló el relato que la Audiencia Nacional hizo del sistema de tarjetas de crédito opacas al fisco que funcionó en Caja Madrid y Bankia entre 2003 y 2012. Las black, según el Supremo, fueron fruto de un “plan para disponer de dinero de la caja” en beneficio propio de los máximos responsables de la entidad (primero el fallecido Miguel Blesa y luego, el exvicepresidente y exministro de Economía del PP con Aznar) y de los otros 63 exdirectivos y exconsejeros condenados. Entre todos gastaron 12,5 millones de euros. Había cargos en las tarjetas de restaurantes, supermercados, ropa interior femenina y salas de fiesta. También retiradas en metálico en cajeros.

El Supremo ha impuesto a otros 14 exdirectivos o exconsejeros condenas superiores a los dos años de cárcel, por lo que, previsiblemente, tendrán que entrar en prisión. Para el resto, con penas de entre tres meses y dos años, la Audiencia Nacional (que juzgó el caso y tiene que ejecutar la sentencia del Supremo) puede suspender el encarcelamiento, aunque decidirá caso por caso.

El tribunal ha tardado cuatro meses en revisar los recursos presentados contra la sentencia dictada el 23 de febrero de 2017 por la Audiencia Nacional. La condena más elevada (seis años de cárcel) recayó entonces en el que fuera presidente de Caja Madrid entre 1996 y 2009, Miguel Blesa, fallecido en julio de 2017. Tras su muerte, el Supremo determinó que, aunque la responsabilidad penal quedaba extinguida, a sus herederos se les podía pedir que se hicieran cargo de la responsabilidad civil. El alto tribunal ha considerado responsables civiles a los dos expresidentes de la entidad, Blesa y Rato. El dinero que no devuelvan los consejeros y directivos condenados, sería responsabilidad de ellos, hasta completar los más de 12,5 millones de euros gastados con las tarjetas. Sin embargo, fuentes del entorno de Blesa confirman que sus herederas (su viuda y su hija) han renunciado a la herencia, lo que les exime del pago. El dinero recuperado irá a Bankia, heredera de Caja Madrid, y no al FROB, organismo público que rescató a la entidad en 2012.

El acusado al que más ha beneficiado la sentencia del Supremo es el ex director general de Medios, Idelfonso Sánchez Barcoj. La Audiencia Nacional le impuso una pena de dos años y medio de cárcel y el alto tribunal se la ha rebajado a un año menos un día.

El Supremo recuerda que fue bajo la etapa de Blesa cuando se creó un sistema de tarjetas de funcionamiento opaco para uso del propio presidente, miembros de algunos de sus órganos, consejo de administración y comisión de control. Las tarjetas tenían límites de disponibilidad mensuales y anuales a cargo de una cuenta de la Caja. A sus titulares no se les exigía ninguna justificación del gasto y las cantidades no quedaban reflejadas en los contratos con la entidad ni formaban parte de las retribuciones pactadas con los directivos ni de las dietas de los consejeros. Tampoco aparecían en las declaraciones de la renta de ninguno de ellos, ni en las certificaciones de haberes.

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Miguel Colmenero, subraya que el delito imputado distingue entre el papel de los presidentes ejecutivos, que pusieron en marcha o mantuvieron este sistema de tarjetas de funcionamiento opaco; y el de los directivos que actuaron como cooperadores necesarios del mismo delito de apropiación indebida. El acuerdo, entre el autor y los cooperadores, explican los jueces, surge de forma natural desde el momento en que el primero decide entregar nuevas tarjetas o mantener las anteriores y los segundos las reciben y deciden utilizarlas en su propio beneficio.

El delito continuado de apropiación indebida no se produce por aceptar la tarjeta sino por cada uso que se hizo de ella. Y, según los jueces, “no es posible aceptar” que los beneficiarios actuaran creyendo “que estaban actuando conforme a la ley al disponer de esa forma del dinero de la entidad”. “Ninguna persona con una formación mínima, lo que se podría identificar con el hombre medio, podría entender de forma mínimamente razonable que unas percepciones dinerarias que funcionaban con tal grado de ocultación y opacidad, también a efectos fiscales, pudieran estar justificadas en las normas aplicables”, advierte el tribunal.

Fuente

Resumen
  • Partido/Org: Cajas de Ahorros
  • Lugar: Comunidad de Madrid
  • Coste aprox.: 15500000
  • Total implicados: 66
  • Año de los hechos: 2014
  • Estado judicial: Cerrado con condenas
Cajas de Ahorros
Actualizado el: 21 de Abril del 2019
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